Lunes, 12 de Noviembre de 2012 |
RESOLUCIÓN Nº 2012-0002 DE LA SALA CASACIÓN CIVIL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA EN CUANTO AL PROCEDIMIENTO DE CONSIGNACIÓN JUDICIAL DE PAGOS POR CONCEPTO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA |
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL En la Presidencia de la Sala de Casación Civil RESOLUCIÓN Nº 2012-0002
En ejercicio de mis atribuciones como Presidenta de la Sala de Casación Civil, de conformidad con el Acta de Sesión de Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 23 de febrero de 2011, y por designación efectuada en reunión de Junta Directiva de fecha 28 de febrero de 2012, y como miembro principal del equipo para agilizar el traspaso de los recursos consignados por los inquilinos en los Tribunales, hacia el Fondo de Protección al Inquilino y al Pequeño Arrendador.
CONSIDERANDO
Que en aras de garantizar el acceso a la justicia, tal como lo establece el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
CONSIDERANDO
Que ene virtud de la vigencia de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 6.053 Extraordinario, de fecha 12 de noviembre de 2011, se dio inicio al Proceso de Organización Administrativa y Contable en todos los Tribunales Civiles del territorio nacional, a los fines de cumplir con la Disposición Transitoria Novena de la citada Ley.
CONSIDERANDO
Que con el objeto de proceder a la certificación de los saldos de los expedientes de consignación judicial de pagos, lo cual conlleva a una actualización del inventario clasificado de los expedientes con fondos de cánones arrendaticios de vivienda, que cursan ante los Tribunales de la República y la respectiva verificación de la exactitud de los saldos, mediante la revisión exhaustiva de los documentos que amparan la entradas y las salidas de tales fondos, debidamente conciliados con las cuentas bancarias, en aras de garantizar un adecuado ambiente de control interno en el proceso de transferencia, la Presidencia de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó la suspensión del despacho en Juzgado Vigésimo Quinto (25º) de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, lo cual no ha permitido el retiro de lo consignado por parte de los titulares de relación arrendaticia.
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Autor: |
RECTORÍA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA |
Fecha de Publicación: |
12/11/2012 |
martes, 13 de noviembre de 2012
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